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Control público (Judicial - Legisl.- Admin.- Financiero)

14
Feb.
Fallo CSJN, "BREARD, JUAN CARLOS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/ RECLAMOS VARIOS", 3/02/2022

Fallo CSJN, "BREARD, JUAN CARLOS c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/ RECLAMOS VARIOS", 3/02/2022

Un miembro de la Prefectura obtuvo sentencia favorable para que se le reconocieran los beneficios establecidos por la ley 26.578, que prevé la actualización de haberes con equipración a los del grado inmediato superior, en razón de haber sido encuadrado su pase a situación de retiro obligatorio como ocasionado por enfermedad producida en actos del servicio. Contra ese reconocimiento, la Prefectura recurrió ante la Corte con el argumento de que se había omitido considerar la distinción reglamentaria entre una enfermedad producida "en actos del servicio" o "por actos del servicio" y la acontecida "en y por actos del servicio en ejercicio de funciones policiales", y consideró que este último es el supuesto que la ley buscó amparar. La Corte, con remisión al dictamen de la Procuración General, confirmó la sentencia y rechazó el recurso de la Prefectura. Consideró que si el otorgamiento de uno u otro de los beneficios contemplados por las leyes 16.443 y 20.774 se encuentra condicionado a que el hecho que motivó el pase a situación de retiro haya acontecido “en acto de servicio” (durante el horario de trabajo, aunque no como un riesgo propio y específico de la profesión) o “en y por acto de servicio” (en circunstancias que son consecuencia directa e inmediata del ejercicio de las funciones de seguridad), respectivamente, debe concluirse, inevitablemente, en que la extensión del beneficio al personal de la Prefectura Naval Argentina (y a otras fuerzas de seguridad) le corresponde al personal incapacitado tanto “en acto de servicio” como “en y por acto de servicio”.

Fuente: CSJN
Adjunto: bREARD.pdf_22-02-14.pdf
Categoría: Control público (Judicial - Legisl.- Admin.- Financiero)